Se puede definir como la comunicación de la empresa a los trabajadores para solicitar su reincorporación al puesto de trabajo. El derecho al llamamiento garantiza la reincorporación al trabajo de los fijos discontinuos, así evitando prácticas abusivas.
Es una práctica que amplía la garantía de aplicación para fijos discontinuos, y no necesariamente para los contratos temporales.
El orden de llamamiento citado en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 16 - apartado 3) garantiza que cada convenio colectivo aplicable según sector deberá establecer el orden y la forma de este concepto.
Llamamiento
El empresario debe proceder y realizar este derecho, conforme al convenio lo regule. Siempre mediante medios de contacto donde pueda demostrar que se efectuó la comunicación. No es habitual mediante teléfono o verbal.
En el caso de demostrar que el trabajador fue notificado de la reincorporación al puesto de trabajo e hizo caso omiso a este, el trabajador, podrá ser despedido. Conllevaría a una renuncia voluntaria al contrato laboral y con consecuencia de la pérdida del derecho a prestación y no tendría indemnización alguna.
En el caso de que sea la empresa quién no realice este llamamiento constituye un despido. El trabajador, deberá reclamar que ha sido despedido al no haber sido llamado. Y podrá ser declarado improcedente.
Derecho en caso de Incapacidad Temporal
En el post de Incapacidad Temporal, ya fue nombrado este punto.
Si se encuentra en una incapacidad temporal la empresa deberá proceder al llamamiento de igual manera. Tendrá la obligación de entregar los partes de baja y recibirá su remuneración económica vía la empresa.
Reclamación falta de llamamiento.
Son veinte (20) los días hábiles para reclamar el despido.
El comienzo de este plazo es bastante subjetivo porque el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 16-apartado 2, indica que este se iniciará desde que el trabajador tuviese conocimiento de la falta de convocatoria.
Realmente, puede ser un problema ya que puede empezar a contabilizar desde que se incorporó el siguiente en la lista por antigüedad.
Se debe acudir de la manera más pronta posible a presentar la demanda oportuna.
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